Imprimir

Constitución Artículo 272 quáter Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 08/07/2025

Constitución Chubut
Artículo 272 quáter. DISPOSICIONES FINALES

El texto constitucional sancionado por esta Convención Constituyente reemplaza al hasta ahora vigente. Esta Constitución rige a partir del día 15 de octubre de 1994. Quedan derogadas las prescripciones normativas opuestas a esta Constitución. SEGUNDA. Hasta tanto se dicten las leyes reglamentarias de esta Constitución, que fueren necesarias, subsisten los actuales regíme nes legales, en tanto no contrarien lo dispuesto en la cláusula anterior. TERCERA. El Comité de Labor Parlamentaria está facultado para realizar todos los actos administrativos que reconozcan como orígen el funcionamiento y disolución de esta Convención. Asimismo, tiene a su cargo el cuidado de la publicación de esta Constitución en el Boletín Oficial, y en su caso, la fe de erratas que pueda corresponder. CUARTA. Esta Convención queda disuelta a las veinticuatro horas del día 15 de octubre de 1994. Los Convencionales juran el cumplimiento de esta Constitución antes de disolver el Cuerpo. Los Poderes del Estado adoptan las medidas conducentes para la jura de esta Constitución por sus integrantes y por el pueblo de la Provincia. QUINTA. Téngase por sancionada y promulgada esta Constitución como Ley Fundamental de la Provincia. Regístrese, publíquese y comuníquese a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, a los fines de su cumplimiento. Cumplido, ARCHIVESE JUNTO CON TODOS SUS ANTECEDENTES EN LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT. Dada en la sala de sesiones de la Honorable Convención Constitu yente, en la ciudad de Rawson, capital de la Provincia del Chubut, a los once días del mes de octubre de mil novecientos noventa y cuatro; previa íntegra lectura del texto constitucional, ratificado y declarado auténtico en sesión pública de la fecha.

Provincia del Chubut Artículo 272 quáter Constitución
Artículo 1 ...271 bis 272 ter 272 quáter

Ver el artículo
Agregar un comentario


Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse